lunes, 29 de mayo de 2017

¿ Por qué la carrera de Psicologia es la mejor opciòn?

   






¿ Por qué la carrera profesional  Psicología es la mejor opción?


La psicología es la ciencia que se encarga del estudio de la conducta humana, por lo tanto, es muy importante realizar estudios de la misma, ya que esta tiene como finalidad orientar a todas las personas que están pasando por momentos difíciles de su vida, brindándole herramientas, técnicas  y principalmente acompañamiento constante  para conocer con precisión  el  proceso evolutivo de cada persona, la Psicología busca permanentemente el bienestar mental de las personas por lo tanto la Psicología es necesaria siempre a cada momento y a cada instante,  en la actualidad ha incrementado el índice de consultas a un profesional de la psicología lo que demuestra  que notablemente se requiere de muchos profesionales en esta área, pero, con las capacidades y habilidades suficientes para poder realizar la respectiva intervención.




     


Esta carrera profesional  nos enriquece el espíritu y ciertos aspectos de nuestra vida, siempre estará disponible y abierta para entendernos, para meditar libremente y a tomar decisiones que nos ayuden  a ser personas sanas.



por

lunes, 14 de abril de 2014

REGLAMENTO ESTUDIANTIL UPC



UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR
(UPC)


HIMNO DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR




1) UN ESTUDIANTE DE GENERO MASCULINO DE INGENIERÍA AMBIENTAL DESEA CAMBIAR EL PROGRAMA QUE CURSA ACTUALMENTE POR OTRO QUE OFRECE LA UNIVERSIDAD, PERO NO TIENE CONOCIMIENTO POR UN LADO SI ESTE PROCEDIMIENTO SE PUEDE HACER Y POR EL OTRO DESCONOCE LOS PASOS QUE DEBE SEGUIR Y A QUIEN DEBE ACUDIR PARA EFECTUAR EL CAMBIO.


TRANSFERENCIA




TRANSFERENCIA INTERNA

es el derecho que tiene un estudiante de la Universidad Popular del Cesar para acreditar en un programa académico las asignaturas cursadas en otro programa de esta Universidad.

Las transferencias internas de los estudiantes de la Universidad, no requiere nuevo examen de admisión y estará sujeto a los siguientes requisitos:

1. Presentación de solicitud motivada ante el Consejo de Facultad correspondiente.

2. Afinidad entre la carrera en la que ha estado matriculado el estudiante y aquella a la que aspira ser trasladado, a juicio del Consejo de Facultad.

3. Aceptación por parte del Consejo Académico de la Universidad.

PARA TENER EN CUENTA

Los traslados de que trata este artículo no podrán solicitarse antes de haber terminado el primer semestre o periodo académico, se concederán siempre y cuando haya disponibilidad de cupos.

El aspirante a transferencia interna debe llenar los siguientes requisitos:

a) Tramitar la solicitud en el Centro de Admisión de Registro y Control Académico, dentro de las fechas establecidas por la Universidad en el calendario académico.  4

b) Tener aprobado el ciclo básico o 30 créditos académicos.

c) Promedio ponderado general no inferior a 3.2

CONDICIONES DE APROBACIÓN

El Consejo de Facultad del respectivo programa hará el estudio de la solicitud de transferencia interna y tendrá en cuenta los siguientes parámetros:

a. Contenido Programático

b. Calificación aprobatoria de cada asignatura, no menor a 3.2.

c. Intensidad de Créditos igual o mayor a la exigida en el programa al cual solicita el traslado.

d. Disponibilidad de cupos

El Consejo de Facultad estudiará y emitirá el concepto correspondiente a:

a. Aceptación o negación del traslado
b. Asignaturas reconocidas
c. Calificaciones de las asignatura aceptadas
d. Ubicación Académica

PARA RECORDAR

La decisión tomada será remitida al Centro de admisiones, registro y Control Académico.

Toda transferencia estará sujeta a la disponibilidad de cupos e igualmente el estudiante deberá
someterse al nuevo régimen de costo de matrícula, originado en el cambio de código estudiantil
que produzca dicha transferencia.

A ningún estudiante se le concederá más de una transferencia. El Centro de Registro y Control Académico será el encargado de hacer cumplir este parágrafo.


e su contenido y deberá tener por lo menos el 85% de equivalencia con la
asignatura a homologar.

b. Calificación aprobatoria no menor de Tres punto Cinco (3.5).

c. Un número de Créditos igual o mayor al estipulado en la Universidad Popular del Cesar.

IMPROCEDENCIA

No procederá la transferencia externa:

 a. Cuando el solicitante no haya aprobado, por lo menos los dos (2) primeros semestres, o 30 créditos académicos, del respectivo programa o carrera.

b. Cuando el solicitante haya estado por fuera de la Universidad de donde procede por un lapso superior a cuatro (4) semestres académicos.

c. Cuando el solicitante tenga promedio ponderado general de calificaciones inferiores a 3.5, o su equivalente inferior al 70% en otra escala de calificaciones.

2) LA ESTUDIANTE "X" DE PRIMER SEMESTRE DE PSICOLOGÍA, NECESITA TRAMITAR UN CERTIFICADO ESTUDIANTIL PARA ACTIVAR SUS SERVICIOS MÉDICOS EN LA CIUDAD PERO NO SABE A QUE DEPENDENCIA DIRIGIRSE PARA TRAMITAR EL CERTIFICADO DE ESTUDIO, ESTO LA LLEVA A PREGUNTARSE  ¿COMO TRAMITAR UN CERTIFICADO ESTUDIANTIL EN LA UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR?


La universidad, a petición de la parte interesada, podrá expedir constancias y certificados a sus estudiantes egresados. 

Los certificados deberán ser expedidos de acuerdo con las normas vigentes al momento de expedirlos, y causaran los derechos que la universidad fije. 

Para la expedición de un certificado, la oficina de registro y Control Académico, observara las siguientes normas: 

a. El documento se redactará e idioma español. 

b. Si se trata de calificaciones, se anotará obligatoriamente. 

1. Número de certificado. 

2. Identificación completa del interesado: Apellidos, nombre(s) según el Registro Civil, Cédula o 
Tarjeta de Identidad y lugar de expedición. 

3. Código y denominación del curso. 

4. Intensidad horaria semanal 

Certificado
5. Calificación en letras y números. Cuando el certificado de notas sea una fotocopia del Kardex 
se podrá omitir el requisito de las tareas. Cuando se trate de fotocopia del kardex la copia que  23
se le entregue al estudiante debe ser debidamente autenticada por el Secretario de la 
Universidad. 

6. Escala de calificaciones y mínimo aprobatorio. 

7. Información acerca de si ya se confirió el título o grado profesional y la correspondiente fecha. 
Para el caso en que el estudiante no se haya graduado se hará constar las sanciones a que se 
haya hecho acreedor, con excepción de la amonestación privada. 

8. Número de páginas en que se expide, si contiene enmendaduras o interlineaciones, precisarlas 
y salvarlas. 

9. Fecha de expedición. 

10. Firma(s) autorizada(s). 

11. Autenticación por la Secretaria General de la Universidad de la(s) firma(s) autorizada(s). 

PARA TENER EN CUENTA

Los certificados sobre calificaciones deberán incluir todas las asignaturas cursadas hasta el momento de la expedición de los mismos. 

 La persona autorizada para certificar debe exigir al solicitante los Paz y Salvo vigentes, en los casos contemplados en los reglamentos de la Universidad. 


3) ¿OFRECE LA UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR BENEFICIOS A LOS ESTUDIANTES SOBRESALIENTES O CON EXCELENCIA ACADÉMICA?


La Universidad Popular del Cesar, otorgará incentivos a los estudiantes que se distingan por su rendimiento académico, vocación profesional, espíritu de vacación profesional, espíritu de cooperación en la vida universitaria o que sobresalgan en creaciones culturales o 
científicas. 

Son incentivos reconocidos por la universidad, los siguientes: 

a. Otorgamiento de delegaciones, comisiones y representaciones.

Serán concedidas por el Consejo Académico de la universidad salvo cuando se confieran al exterior, las cuales serán autorizadas por el Consejo Superior. 

b. Publicación de trabajo en los medios de comunicación de la universidad. 

(Revistas, periódicos, etc.). 

c. El mejor lector: Semestralmente la universidad premiará con matrículas de honor a los dos mejores lectores de cada facultad. El consejo Académico reglamentará los concursos. 

d. Exención del pago de derechos de matrículas y matrícula de honor, por elevado rendimiento académico. la otorga el Consejo Académico de la Universidad Popular del Cesar, a solicitud del Director de Departamentos. 

e. Permisos para asistir a certámenes culturales o deportivos. 

f. Becas para cursos de postgrados en el país o en el exterior. Las otorgará el Consejo Superior Universitario, el cual las reglamentará. 

g. Calificación de trabajo meritorio: Será otorgado por el Director del Departamento. 

h. Calificación de trabajo laureado: Será otorgado por el Consejo Académico. 

i. Grado de Honor: Será otorgado por el Consejo Académico. El grado de honor se adjudicará por cada promoción al alumno de cada carrera que hubiere obtenido el mas alto promedio y terminado los estudios de pregrado en la universidad sin haber habilitado ni repetido, ni validado, ninguna asignatura y cuyo trabajo dirigido de grado, si lo hubiere, hay sido calificado laureado o meritorio. 

j. El diploma correspondiente contendrá la mención de Grado de Honor y será Entregado en presencia del Consejo Académico de la Universidad. 

k. Otorgamiento de monitorias a partir del sexto semestre, que serán reglamentadas por el Consejo Académico. 

l. Los egresados de la Universidad Popular del cesar, podrán continuar otra carrera sin necesidad de examen de admisión. 

PARA TENER EN CUENTA


A los alumnos de cada período académico de cada carrera que obtengan los dos (2) promedios de notas más altas, se les concederá exención del pago de derechos de matriculas para el periodo académico siguiente, y solamente pagarán la cuota de servicios médicos. No se concederá, para efectuar el promedio, a quienes hubieran repetido materias, presentado pruebas de habilitación o validación, excepto de suficiencia, durante el transcurso de la carrera. 

Los reinsertados a la paz y a la sociedad civil y los estudiantes pertenecientes a las comunidades indígenas, recibirán tratamiento especial, de acuerdo con el Consejo Superior de la Universidad. 

De los estudiantes que sean eximidos del pago de derechos de matrícula, de acuerdo con lo dispuesto en el presente artículo, el que obtenga el mayor promedio siempre y cuando este no sea inferior a cuatro. 


4) AL FINALIZAR UN DÍA DE CLASES, EL ESTUDIANTE "Y" FUE VISTO POR UN DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD CONSUMIENDO ALCOHOL Y DROGAS DENTRO DEL ALMA MATER, EL PROFESOR SE LE ACERCO Y LE COMUNICO QUE SU CONDUCTA NO ERA APROPIADA, A LO QUE EL ESTUDIANTE RESPONDIÓ DE MANERA AGRESIVA LANZANDO AGRAVIOS CONTRA E DOCENTE, QUIEN CULMINO DICIENDO QUE SU CASO SERIA LLEVADA AL CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD PARA SER ESTUDIADA Y TOMAR LOS CORRECTIVOS RESPECTIVOS, LOS CUALES ESTÁN REGLAMENTADOS EN EL RÉGIMEN DE SANCIONES DISCIPLINARIAS Y ACADÉMICAS. UNA VEZ QUE AL ESTUDIANTE "Y" SE LE PASO EL EFECTO DE LAS SUSTANCIAS CONSUMIDAS, ENTENDIÓ E HIZO CONSCIENCIA DE LA GRAVEDAD DEL PROBLEMA EN EL QUE SE ENCONTRABA, LO QUE LO LLEVO A ACUDIR Y ESTUDIAR EL REGLAMENTO ESTUDIANTIL, ENCONTRANDO LO SIGUIENTE:



Las faltas contra el orden universitario, los reglamentos de la universidad, el comportamiento social, la seguridad personal y colectiva, se sancionaran según la gravedad de la falta, así: 

1. Amonestación privada, por escrito, que hará el Director del Departamento. 

2. Amonestación pública, que hará el Consejo de Facultad correspondiente, mediante resolución motivada y fija en lugar público. 

3. Matrícula condicional. La impondrá el Consejo académico. 

5. Cancelación de la matricula, que impondrá el Consejo académico, sanción apelable ante el Consejo Superior. El Director de Departamento podrá levantar esta sanción en un período académico posterior con la aprobación del Consejo Académico. 

IMPORTANTE

En el caso de sanción de cancelación de matricula o de expulsión ésta será APELABLE ante el Consejo Superior Universitario. 

PARA TENER EN CUENTA

Todas las sanciones se harán constar en la hoja de vida académica del estudiante. 

Se consideran faltas graves contra el orden universitario, la moral y las buenas costumbres, el ingerir alcohol, alucinógenos, porte de armas e interferir el normal desarrollo de las diferentes actividades académicas en los predios de la universidad. 

También son faltas graves las amenazas verbales y atentados contra la integración física de los funcionarios docentes, administrativos y de servicios dentro y fuera de la universidad. 

Las investigaciones por faltas disciplinarias se perfeccionarán en un término mayor de quince (15) días. 

En todo caso el estudiante inculpado tendrá derecho a ser oído y aportar pruebas para su defensa y a solicitar, cuando sea conducente la práctica de otras. 

Las pruebas serán practicadas por una comisión del organismo universitario competente.

Para efectos de la audiencia personal del implicado, el Secretario general de la Universidad hará citación personal, o en su defecto, mediante comunicación cablegráfica a la dirección que figura en su matrícula, en la que se indique la fecha, el cargo y el término de cinco (5) días hábiles en que debe presentarse. 

Si así citado no compareciere, se le juzgará en ausencia. Copia de esta citación se fijará en cartelera de la universidad. 
La interposición de los recursos de reposición y de la apelación debe hacerse por escrito dentro de los cinco (5) días siguientes al de la notificación de la sanción. Si se concede el recurso, su sustentación deberá hacerse por escrito y dentro del término de los cinco (5) días siguientes al de la concesión del recurso. 

El estudiante elegido para cargos de representación estudiantil que fuere sancionado disciplinariamente con cancelación de la matrícula o con expulsión de la universidad, durante el período de su mandato, perderá el derecho a esta representación. 


5) EL JOVEN "Z"  ES EGRESADO DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR, Y EN UN VIAJE QUE HIZO SE LE PERDIÓ UNA CARPETA DONDE GUARDABA PAPELES IMPORTANTES, UNO DE LOS DOCUMENTOS QUE SE LE EXTRAVIÓ ES SU DIPLOMA DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD. SE DIRIGIÓ AL ALMA MATER A AVERIGUAR QUE PODÍA HACER PARA RECUPERAR SU DIPLOMA, BASÁNDOSE EN LOS LINEAMIENTOS DEL REGLAMENTO ESTUDIANTIL, SE LE INFORMO QUE DEBÍA HACER LO SIGUIENTE:



En caso de pérdida del Diploma original de grado o título, podrá expedirse un duplicado del mismo, a solicitud del interesado. Si alguno o algunos de los profesores que escribieron el Diploma original han muerto o están ausentes; se caligrafiaran sus nombres en el sitio de las firmas respectivas; anteponiendo una nota, autorizada con la firma del Director del respectivo Departamento, en la cual se expresa la razón por la cual dichos profesores no firman el duplicado que se expide. En lugar visible del Diploma se caligrafiará la palabra DUPLICADA. 


El interesado en obtener un duplicado del diploma original de Grado o título, deberá presentar los siguientes documentos: 

• Acta de grado 
• Dos declaraciones extrajuicio rendidas ante un Juez de Circuito, en las cuales conste la 
pérdida del Diploma original. 
• registro Civil 

Los documentos se entrenarán a la Secretaria General de la Universidad Popular del cesar. 

La expedición de un duplicado causará los derechos que la universidad fije. 

Los diplomas que expida la universidad llevaran las firmas del Rector, el Secretario General de la Universidad, el Decano correspondiente y el Vicerrector Académico. 





CONOCIENDO MI UNIVERSIDAD